Educación Secundaria Obligatoria

La Educación Secundaria Obligatoria (ESO) es una etapa educativa obligatoria y gratuita que completa la educación básica. Consta de cuatro cursos académicos que se realizan ordinariamente entre los 12 y los 16 años de edad. No obstante, los alumnos tendrán derecho a permanecer en régimen ordinario cursando la enseñanza básica hasta los dieciocho años de edad.

Se organiza de acuerdo con los principios de educación común y de atención a la diversidad y presta especial atención a la orientación educativa y profesional del alumnado.

Desde el curso 2015-2016 comprende dos ciclos; el primero de tres cursos escolares y el segundo de uno. Este último, de carácter fundamentalmente propedéutico, puede cursarse por una de las dos siguientes opciones:

  • Opción de enseñanzas académicas para la iniciación al Bachillerato.
  • Opción de enseñanzas aplicadas para la iniciación a la Formación Profesional.

La Educación Secundaria Obligatoria tiene como finalidad:

  • Lograr que todos adquieran los elementos básicos de la cultura: humanísticos, artísticos, científicos y tecnológicos.
  • Desarrollar y consolidar hábitos de estudio y de trabajo.
  • Preparar para la incorporación a estudios posteriores y para su inserción laboral.
  • Formar a todos para el ejercicio de sus derechos y obligaciones en la vida como ciudadanos.

A partir de la completa implantación de la LOMCE la superación de la evaluación final, así como una calificación final en la etapa igual o superior a 5 puntos sobre 10 conducirá a la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.

Hasta la entrada en vigor de la normativa resultante del Pacto de Estado social y político por la educación y conforme a lo dispuesto en el Real Decreto-ley 5/2016, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para la ampliación del calendario de implantación de la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa:

  • Dicha evaluación final será considerada muestral y no tendrá efectos académicos.
  • Los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria permitirán acceder indistintamente a cualquiera de las enseñanzas postobligatorias recogidas en el artículo 3.4 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo.

Objetivos

El Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato establece que la Educación Secundaria Obligatoria contribuirá a desarrollar en los alumnos y las alumnas las capacidades que les permitan:

  1. Asumir responsablemente sus deberes, conocer y ejercer sus derechos en el respeto a los demás, practicar la tolerancia, la cooperación y la solidaridad entre las personas y grupos, ejercitarse en el diálogo afianzando los derechos humanos y la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, como valores comunes de una sociedad plural y prepararse para el ejercicio de la ciudadanía democrática.
  2. Desarrollar y consolidar hábitos de disciplina, estudio y trabajo individual y en equipo como condición necesaria para una realización eficaz de las tareas del aprendizaje y como medio de desarrollo personal.
  3. Valorar y respetar la diferencia de sexos y la igualdad de derechos y oportunidades entre ellos. Rechazar la discriminación de las personas por razón de sexo o por cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Rechazar los estereotipos que supongan discriminación entre hombres y mujeres, así como cualquier manifestación de violencia contra la mujer.
  4. Fortalecer sus capacidades afectivas en todos los ámbitos de la personalidad y en sus relaciones con los demás, así como rechazar la violencia, los prejuicios de cualquier tipo, los comportamientos sexistas y resolver pacíficamente los conflictos.
  5. Desarrollar destrezas básicas en la utilización de las fuentes de información para, con sentido crítico, adquirir nuevos conocimientos. Adquirir una preparación básica en el campo de las tecnologías, especialmente las de la información y la comunicación.
  6. Concebir el conocimiento científico como un saber integrado, que se estructura en distintas disciplinas, así como conocer y aplicar los métodos para identificar los problemas en los diversos campos del conocimiento y de la experiencia.
  7. Desarrollar el espíritu emprendedor y la confianza en sí mismo, la participación, el sentido crítico, la iniciativa personal y la capacidad para aprender a aprender, planificar, tomar decisiones y asumir responsabilidades.
  8. Comprender y expresar con corrección, oralmente y por escrito, en la lengua castellana y, si la hubiere, en la lengua cooficial de la Comunidad Autónoma, textos y mensajes complejos, e iniciarse en el conocimiento, la lectura y el estudio de la literatura.
  9. Comprender y expresarse en una o más lenguas extranjeras de manera apropiada.
  10. Conocer, valorar y respetar los aspectos básicos de la cultura y la historia propias y de los demás, así como el patrimonio artístico y cultural.
  11. Conocer y aceptar el funcionamiento del propio cuerpo y el de los otros, respetar las diferencias, afianzar los hábitos de cuidado y salud corporales e incorporar la educación física y la práctica del deporte para favorecer el desarrollo personal y social. Conocer y valorar la dimensión humana de la sexualidad en toda su diversidad. Valorar críticamente los hábitos sociales relacionados con la salud, el consumo, el cuidado de los seres vivos y el medio ambiente, contribuyendo a su conservación y mejora.
  12. Apreciar la creación artística y comprender el lenguaje de las distintas manifestaciones artísticas, utilizando diversos medios de expresión y representación.

Competencias básicas

Las orientaciones de la Unión Europea insisten en la necesidad de la adquisición de las competencias clave por parte de la ciudadanía como condición indispensable para lograr que los individuos alcancen un pleno desarrollo personal, social y profesional que se ajuste a las demandas de un mundo globalizado y haga posible el desarrollo económico, vinculado al conocimiento.

Se conceptualizan como un «saber hacer» que se aplica a una diversidad de contextos académicos, sociales y profesionales. Para que la transferencia a distintos contextos sea posible resulta indispensable una comprensión del conocimiento presente en las competencias y la vinculación de este con las habilidades prácticas o destrezas que las integran.

Las competencias del currículo serán las siguientes:

  1. Comunicación lingüística.
  2. Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.
  3. Competencia digital.
  4. Aprender a aprender.
  5. Competencias sociales y cívicas.
  6. Sentido de iniciativa y espíritu emprendedor.
  7. Conciencia y expresiones culturales.

Para una adquisición eficaz de las competencias y su integración efectiva en el currículo, deberán diseñarse actividades de aprendizaje integradas que permitan al alumnado avanzar hacia los resultados de aprendizaje de más de una competencia al mismo tiempo.

Se potenciará el desarrollo de las competencias Comunicación lingüística, Competencia matemática y competencias básicas en ciencia y tecnología.

Las competencias clave deben estar integradas en las áreas o materias de las propuestas curriculares, y en ellas definirse, explicitarse y desarrollarse suficientemente los resultados de aprendizaje que los alumnos y alumnas deben conseguir.

Las competencias deben desarrollarse en los ámbitos de la educación formal, no formal e informal a lo largo de la Educación Primaria, la Educación Secundaria Obligatoria y el Bachillerato, y en la educación permanente a lo largo de toda la vida.

Estructura

La oferta educativa en Educación Secundaria Obligatoria en nuestro centro es la siguiente:

1º DE E.S.O.

  • Biología y Geología
  • Educación Física
  • Educación Plástica Visual y Audiovisual
  • Francés (Segundo Idioma)
  • Geografía e Historia
  • Inglés
  • Lengua Castellana y Literatura
  • Libre Disposición 1
  • Matemáticas
  • Música
  • Programa de refuerzos
  • Religión Católica
  • Religión Evangélica
  • Valores Éticos

2º DE E.S.O.

  • Ámbito Científico-Matemático
  • Ámbito Lenguas Extranjeras
  • Ámbito Lingüístico Social
  • Educación Física
  • Educación Plástica Visual y Audiovisual
  • Física y Química
  • Francés (Segundo Idioma)
  • Geografía e Historia
  • Inglés
  • Lengua Castellana y Literatura
  • Libre Disposición 1
  • Matemáticas
  • Materia Libre Configuración Propia 1
  • Música
  • Religión Católica
  • Religión Evangélica
  • Tecnología
  • Valores Éticos

3º DE E.S.O.

  • Biología y Geología
  • Cultura Clásica
  • Educación Física
  • Educación para la Ciudadanía y los Derechos Humanos
  • Física y Química
  • Francés (Segundo Idioma)
  • Geografía e Historia
  • Inglés
  • Lengua Castellana y Literatura
  • Libre Disposición 1
  • Matemáticas orientadas a las enseñanzas académicas
  • Matemáticas orientadas a las enseñanzas aplicadas
  • Religión Católica
  • Tecnología
  • Valores Éticos

4º DE E.S.O.

  • Biología y Geología
  • Ciencias aplicadas a la actividad profesional
  • Cultura científica
  • Economía
  • Educación Física
  • Física y Química
  • Francés (Segundo Idioma)
  • Geografía e Historia
  • Inglés
  • Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial
  • Latín
  • Lengua Castellana y Literatura
  • Matemáticas orientadas a las enseñanzas académicas
  • Matemáticas orientadas a las enseñanzas aplicadas
  • Música
  • Refuerzo de materias troncales
  • Religión Católica
  • Religión Evangélica
  • Tecnología 
  • Tecnología de la Información y la Comunicación
  • Valores Éticos

Acceso

El alumnado se incorporará a la Educación Secundaria Obligatoria, tras haber cursado la Educación primaria, en el año natural en el que cumpla los doce años de edad, salvo que hubiera permanecido en la Educación primaria un año académico más de los seis establecidos, en cuyo caso sería el año en que cumple los trece años de edad.

La incorporación a cualquiera de los cursos que integran la Educación Secundaria Obligatoria del alumnado procedente de sistemas educativos extranjeros que esté en edad de escolarización obligatoria se realizará atendiendo a sus circunstancias, conocimientos, edad e historial académico, para que pueda continuar con aprovechamiento su educación.

La escolarización del alumnado que presenta dificultades específicas de aprendizaje se regirá por los principios de normalización e inclusión y asegurará su no discriminación y la igualdad efectiva en el acceso y permanencia en el sistema educativo.

Admisión de alumnos

La admisión de alumnos en centros públicos y privados concertados se regulará de tal forma que se garantice el derecho a la educación, el acceso en condiciones de igualdad y la libertad de elección de centro por padres o tutores.

Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 84.7 de la LOE, cuando no existan plazas suficientes en los centros sostenidos con fondos públicos, el proceso de admisión se regirá por los siguientes criterios prioritarios sin que ninguno de ellos tenga carácter excluyente:

  • Existencia de hermanos matriculados en el centro o padres o tutores legales que trabajen en el mismo.
  • Proximidad del domicilio o del lugar de trabajo de alguno de sus padres o tutores legales.
  • Renta per cápita de la unidad familiar.
  • Condición legal de familia numerosa.
  • Situación de acogimiento familiar del alumno o la alumna.
  • Concurrencia de discapacidad en el alumno o en alguno de sus padres o hermanos.

Evaluación

La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado de la Educación Secundaria Obligatoria será continua, formativa e integradora.

Los resultados de la evaluación se expresarán mediante una calificación numérica, sin emplear decimales, en una escala de uno a diez, que irá acompañada de los siguientes términos: Insuficiente (IN), para calificaciones del 1 al 4), Suficiente (SU), para la calificación de 5, Bien (BI), para 6 Notable (NT), para 7 y 8, o Sobresaliente (SB), para 9 y 10. Se considerarán negativas las calificaciones inferiores a cinco.

Con la finalidad de facilitar que todos los alumnos y alumnas logren los objetivos y alcancen el adecuado grado de adquisición de las competencias correspondientes, se establecerán medidas de refuerzo, con especial atención a las necesidades específicas de apoyo educativo. La aplicación personalizada de las medidas se revisará periódicamente y, en todo caso, al finalizar el curso académico.

Se establecerán las medidas más adecuadas para que las evaluaciones se realicen en condiciones adaptadas a las necesidades del alumnado con necesidades educativas especiales. Las administraciones educativas deben establecer las condiciones para que los centros organicen las pruebas extraordinarias oportunas para facilitar a los alumnos y alumnas la recuperación de las materias con evaluación negativa.

Al final de cada uno de los cursos de Educación Secundaria Obligatoria se entregará a los padres, madres o tutores legales de cada alumno o alumna un consejo orientador, que incluirá un informe sobre el grado de logro de los objetivos y de adquisición de las competencias correspondientes, así como una propuesta a padres, madres o tutores legales o, en su caso, al alumno o alumna del itinerario más adecuado a seguir, que podrá incluir la incorporación a un programa de mejora del aprendizaje y el rendimiento o a un ciclo de Formación Profesional Básica.

Promoción

Las decisiones sobre la promoción del alumnado de un curso a otro, dentro de la etapa, serán adoptadas por el conjunto de profesores del alumno o alumna, atendiendo al logro de los objetivos de la etapa y al grado de adquisición de las competencias correspondientes.

Los alumnos y alumnas promocionarán de curso cuando hayan superado todas las materias cursadas o tengan evaluación negativa en dos materias como máximo, y repetirán curso cuando tengan evaluación negativa en tres o más materias, o en dos materias que sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea. A estos efectos, sólo se computarán las materias que como mínimo el alumno o alumna debe cursar en cada uno de los bloques.

De forma excepcional, podrá autorizarse la promoción de un alumno o alumna con evaluación negativa en dos materias cuando estas sean Lengua Castellana y Literatura y Matemáticas de forma simultánea, o en tres que no incluyan al mismo tiempo a las dos anteriores, siempre que el equipo docente considere que el alumno o alumna puede seguir con éxito el curso siguiente, que tiene expectativas favorables de recuperación y que la promoción beneficiará su evolución académica, y siempre que se apliquen al alumno o alumna las medidas de atención educativa propuestas en el consejo orientador.

La repetición se considerará una medida de carácter excepcional, que solo podrá aplicarse una vez en un mismo curso, y dos veces en toda la etapa, y solo tras haber agotado las medidas ordinarias de refuerzo y apoyo. En todo caso, las repeticiones se establecerán de manera que las condiciones curriculares se adapten a las necesidades del alumno o alumna y estén orientadas a la superación de las dificultades detectadas.

Titulación

Para obtener el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria será necesario superar la evaluación final y obtener una calificación final de la etapa igual o superior a 5 puntos sobre 10. Dicha calificación final se deducirá de la siguiente ponderación:

  1. con un peso del 70 %, la media de las calificaciones numéricas obtenidas en cada una de las materias cursadas en Educación Secundaria Obligatoria;
  2. con un peso del 30 %, la nota obtenida en la evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria.

En el título deberá constar la opción u opciones por las que se realizó la evaluación final, así como la calificación final de Educación Secundaria Obligatoria.

Opciones al terminar

El alumnado que concluya sus estudios de ESO tiene la opción de seguir estudiando, pero también puede acceder ya al mundo laboral porque con esta etapa termina la educación considerada obligatoria.

El título de graduado en educación secundaria obligatoria, con las condiciones previstas para cada enseñanza en la normativa vigente, de las cuales se informa en este cuadro resumen, permitirá acceder a:

  • Bachillerato
  • Formación Profesional de grado medio
  • Enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño de grado medio
  • Enseñanzas deportivas de grado medio

En el caso de que el alumno no haya conseguido el título de ESO o no tenga estudios previos, puede acceder a:

  • La oferta formativa de educación a lo largo de la vida
  • Ciclos formativos de grado medio de Formación Profesional (con prueba de acceso y 17 años)
  • Enseñanzas de idiomas (Cumpliendo los requisitos de edad establecidos)
  • Enseñanzas elementales y profesionales de Música y Danza (con prueba específica)
  • Ciclos formativos de grado medio de Enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño (con prueba de acceso, prueba específica y 17 años)
  • Ciclos de grado medio de enseñanzas deportivas (con prueba de acceso y 17 años, y prueba específica en el caso de determinadas modalidades o especialidades)

Referencia legislativa